TITULO I
NOMBRE, DOMICILIO Y OBJETIVOS.
Artículo 1º.- Constitúyese una organización comunitaria de carácter funcional, regida por la ley Nº 19.418, que se denomina :
Red Chilena para la Humanización del Parto y Nacimiento RELACAHUPAN-CHILE .
Artículo 2°.- Para todos los efectos legales, el domicilio de la Organización es: calle Estero Puangue 873, Bosques de Santa Julia, Viña del Mar.
Artículo 3°.- Los objetivos de la organización son:
a.-Promover la humanización del actual modelo de atención de la gestación, parto y nacimiento, potenciando como principales protagonistas a la mujer y su familia
- Propiciar el diálogo interinstitucional para mejorar los Programas y políticas públicas en relación a este tema
- Difundir información actualizada y basada en la evidencia científica ,con el propósito de empoderar la mujer con los conocimientos necesarios para la toma informada de decisiones
- Hacer efectivas la incorporación de las recomendaciones sobre la atención digna y segura del parto y nacimiento propuestas por la Organización Mundial de la Salud
- Facilitar espacios de encuentro Comunales y Regionales para dialogar y materializar iniciativas destinadas a mejorar la calidad de atención del proceso de la maternidad
- Favorecer, desde antes de la gestación, los derechos de la mujer que da a luz y el niño(a)que nace, ofreciéndoles un ambiente de confianza y respeto
- Colaborar con el rescate del parto natural y la matrona como la principal profesional acompañante del proceso, disminuyendo así la tecnificación del parto y el índice de cesáreas
- Representar a los asociados ante las autoridades que corresponda y ante las instituciones públicas y privadas, realizando toda clase de actos y gestiones dirigidas al logro de sus objetivos.
- Procurar la obtención de los servicios, asesorías y equipamientos y demás medios necesarios para el logro de sus objetivos.
Para el cumplimiento de tales objetivos puede:
- Relacionarse e intercambiar conocimientos, experiencias y actividades con otras organizaciones de igual naturaleza;
- Realizar actividades en beneficio de la organización;
- Efectuar reuniones de esparcimiento y recreación.
- Organizar y promover con otras organizaciones de la comuna, el desarrollo de ésta y de sus habitantes.
Artículo 4°. - A la organización le está estrictamente prohibido perseguir fines de lucro, como asimismo efectuar toda propaganda, campaña o acto proselitista, debiendo respetar la posición religiosa o política de sus afiliados.
Artículo 5°.- La duración de la organización será indefinida y su número de socios ilimitado.
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